Abandono del procedimiento

Corte Suprema de Argentina.

Aun cuando la demandante no haya realizado gestiones útiles en el procedimiento, no se puede declarar el abandono del procedimiento si tal decisión afecta a un NNA que no fue asistido por una defensa técnica.

La doctrina admite excepción cuando el examen de aquellos requisitos se efectúa con injustificado rigor formal que afecta la garantía de defensa en juicio y, además, la decisión en recurso pone fin al pleito o causa un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior.

8 de agosto de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

La Ley N°21.226 no interrumpe los plazos de tramitación de un juicio iniciado con anterioridad al estado de excepción por la crisis sanitaria del COVID-19.

La actora intentó revertir el abandono del procedimiento decretado en alzada, argumentando que su inactividad procesal obedeció al entorpecimiento que la pandemia de COVID-19 produjo en los tribunales nacionales, argumento que fue desechado por el máximo Tribunal al considerar que tal aserto, sólo aplica en aquellos juicios iniciados durante el estado de excepción, lo que no aplica a la causa.

27 de julio de 2023
Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Abandono del procedimiento es improcedente si el impulso procesal no es carga de ningún litigante.

El tribunal de primer grado requirió a la receptora judicial informe que indique la fecha de notificación de la sentencia definitiva a las partes, previo a proveer el recurso de apelación deducido por el actor, el que aquella presentó luego de 10 meses, por lo que no puede acusarse inactividad del actor para fundar el abandono del procedimiento.

8 de mayo de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Abandono del procedimiento en contra de Banco que estuvo 3 años sin hacer avanzar el juicio se confirma por la Corte Suprema.

Es improcedente que el ejecutante justifique su inactividad, en una presunta carga adicional consistente en notificar al ejecutado de la fecha del remate, cuando el propio demandante solicitó al tribunal la notificación del artículo 52 del Código de Procedimiento Civil, por lo que recaía en el actor el impulso procesal.

25 de abril de 2023
Recurso de casación en el fondo acogido.

No procedente el abandono del procedimiento cuando el impulso procesal de la última gestión útil recae en el tribunal.

No se puede imputar pasividad a la demandante si la inactividad provino del tribunal, al pesar sobre aquel la obligación de dictar la resolución que resolviera las excepciones dilatorias interpuestas por la demandada, descartándose de esta forma las hipótesis de los artículos 153 y 153 del Código de Procedimiento Civil.

17 de abril de 2023
Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Notificación de resolución que recibe causa a prueba en estado de excepción es una diligencia inútil que inhibe avance del proceso y cuya omisión no permite promover incidente de abandono del procedimiento.

En la especie, se recibió la causa a prueba durante la vigencia del estado de excepción, por lo que no se podía computar el plazo de seis meses de inactividad, por mandato expreso de los artículos 6 y 12 de la Ley Nº21.226, que impedían a las partes solicitar el abandono del procedimiento en dicha época.

29 de marzo de 2023
Invalidación de oficio.

Excepción dilatoria debe ser resuelta por tribunal de primera instancia dentro del plazo de tres días, resuelve la Corte Suprema.

Tribunal de base recibió a prueba excepción de ineptitud del libelo y posteriormente hizo lugar al abandono del procedimiento solicitado por la misma demandada, omitiendo pronunciarse respecto del incidente promovido que por mandato expreso de los artículos 90 y 91 del Código de Procedimiento Civil, correspondía resolver dentro de tercero día.

27 de marzo de 2023