El plazo de dos años de la prescripción para ejercer la acción de cobro de honorarios comienza desde la ejecutoria de la última gestión realizada por el abogado.
El máximo Tribunal estimó que el contrato de prestación de servicios entre una oficina de abogados y su cliente, estaba sujeto a la condición suspensiva de finalizar un juicio laboral, lo que en la especie ocurrió el día en que el tribunal de base certificó la ejecutoria de una transacción entre el cliente -ahora demandado- y su ex empleador.