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El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, desde que de manera arbitraria otorga una solución distinta a la prevista por el artículo 9 de la Ley 18.216, en cuanto esta última refiere que para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán 8 horas continuas de privación de libertad y la norma cuestionada computa 12 horas