Abuso de información privilegiada

Multa de 1000 UF impuesta a director de Clínica Las Condes por uso de información privilegiada en la compra de valores, se confirma por la Corte de Santiago.

El reclamante infringió la prohibición de adquisición de acciones, no obstante poseer información privilegiada recibida, en calidad de Director de la CLC, siendo irrelevante la motivación, intencionalidad o beneficio económico del sujeto activo, bastando que se haya comprobado su desacato al deber u obligación absoluta de abstención de compra de valores sobre los cuales se tiene información privilegiada, en los términos definidos en los artículos 10 y 164 de la Ley de Mercado de Valores.

29 de enero de 2025