Tribunal de Justicia de la Unión Europea constata prácticas colusorias en acuerdos de farmacéuticas relativos al medicamento perindopril.
Por lo que se refiere específicamente a la infracción relativa al acuerdo celebrado con Lupin, se declara que el Tribunal General incurrió en un error al dar por válida la duración que debía tenerse en cuenta a efectos de la determinación del importe de la multa. Habida cuenta de este error, el importe de la multa relativa a esta infracción, fijado inicialmente en 37.102.100 euros, se reduce a la cantidad de 34.745.100 euros.