Acción reivindicatoria

Recurso de casación en el fondo acogido.

Acción reivindicatoria procede en contra del mero tenedor del bien raíz, resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal estimó que en virtud del artículo 915 del Código Civil, el dueño de un predio puede reivindicar su dominio respecto del mero tenedor. En la especie, el demandado solicitó a su hija la restitución de parte de una propiedad en la que autorizó a la demandada construir una casa para que habitara junto a su nieta.

19 de marzo de 2023
Acción reivindicatoria de bien raíz rechazada.

Para que proceda la acción reivindicatoria, el inmueble que se reclama debe determinarse tanto jurídica como materialmente, de otra forma no se cumple con el requisito de que la cosa sea singular.

Para la determinación jurídica, basta que se acompañen al proceso los respectivos títulos, y para la material es necesario que exista certeza sobre la ubicación del inmueble, sus deslindes y cabida, lo que no fue acreditado por la demandante en el caso de autos.

23 de noviembre de 2022
Acción reivindicatoria sobre inmueble acogida.

Si un poseedor inscrito pierde la tenencia material de un inmueble porque otro lo ocupa, pierde su posesión, a pesar de que subsiste su inscripción conservatoria, por lo que procede acoger la acción reivindicatoria.

La Corte de Valparaíso puntualiza que el bien reivindicado se encuentra singularizado, toda vez que se especifica en sus dimensiones y con fotografías que demuestran que se encuentra emplazado en un sitio que cuenta con separaciones entre las diferentes casas, quedando perfectamente delimitado respecto de los otros que existen en el mismo sitio.

28 de octubre de 2022