No es posible dar por probado acoso laboral, con ocasión de una denuncia individual y licencias médicas por enfermedad profesional, resuelve la Corte de Puerto Montt.
El propio ordenamiento jurídico ha establecido la acción de tutela laboral, que sí contempla un procedimiento y oportunidad para rendir y ponderar adecuadamente aquella, dada su naturaleza.