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Los recurrentes alegaron que el cierre del condominio ubicado en Coquimbo, es un acto arbitrario -con la complicidad del municipio-, porque les impide desarrollar libremente una actividad económica, idea que fue rechazada por la magistratura al observar que los portones no impiden el acceso a los locales de los actores, y, además, la instalación cuenta con la autorización del Departamento de Obras.