Dilación de más de dos años en resolver solicitud de permanencia definitiva por el Servicio Nacional de Migraciones es arbitraria por no existir razones que justifiquen tal demora.
La demora se aparta del trato igualitario que debe otorgarse a los solicitantes, con el perjuicio natural que ello les origina al no contar con la solemnidad que les dé la certeza necesaria que, como extranjeros, deben tener sobre la residencia permanente en Chile.