Las restricciones previstas en la norma respecto de convenios de honorarios sobre asuntos alimentarios y de familia, obedece a razones de orden público y aun cuando las partes quisieran celebrarlos con sus letrados, la ley se lo prohíbe por cuanto la contratación en estudio excede el marco de un mero convenio de derecho privado.
21 de junio de 2023