Estas exigían que únicamente en el caso que se ofertase por todas las líneas de adjudicación se podía presentar un solo documento de garantía por el total que el mismo pliego de condiciones señala, pero en los demás casos se debía acompañar un instrumento de garantía por cada línea ofertada por los montos que en cada una de ellas indicaban las referidas bases de licitación
Adjudicación
Modificar un acta de evaluación sin invalidar el procedimiento licitatorio deviene en una adjudicación ilegal y arbitraria
«Protocolo Prueba Práctica de Calzado» no falta a la objetividad ni transparencia, se exige por las Bases de la Licitación y debe ser cumplido con estricta sujeción a las bases garantizando la igualdad entre los oferentes.
La asignación de puntajes para ponderar los criterios de evaluación establecidos por las bases constituyen aspectos de mérito, conveniencia y oportunidad que solo le compete calificar a la Comisión Evaluadora.
Acción de impugnación contra licitación convocada por Hospital de La Florida se acoge por el Tribunal de Contratación Pública.
El reclamante alegó que el Hospital otorgó erróneamente puntaje a su competencia, por lo que la licitación le fue adjudicada a otro oferente.
Se dio cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases de licitación y al principio de igualdad de los oferentes por lo que la acción de impugnación debe ser rechazada.
El reclamante alegó que, aunque ofreció realizar el trabajo en menos tiempo que otros oferentes se le evaluó apartándose de las bases, lo que fue descartado por Tribunal.
Precio irrisorio de materiales es causal suficiente para desestimar una oferta en una licitación pública.
El reclamante alegó que la Comisión Evaluadora erró al desestimar su oferta, ya que sus precios corresponden a lo usual en su industria.
Acción de impugnación contra licitación convocada por la Municipalidad de Santiago se rechaza por el Tribunal de Contratación Pública.
El reclamante alegó que el adjudicatario no habría cumplido con las bases de licitación.
Licitación de contrato para suministrar satélites al programa Galileo se ajusta a las bases y al orden normativo.
El poder adjudicador debe verificar si las ofertas presentadas contienen indicios que puedan suscitar la sospecha de que son anormalmente bajas. Ello sucede, en particular, si resulta dudoso, por una parte, que una oferta respete la legislación en vigor y, por otra parte, que el precio propuesto incluya todos los costes derivados de los aspectos técnicos de la oferta.
La Administración está facultada para solicitar a los oferentes en una licitación que salven errores u omisiones, pero ello no puede serle exigido ni fundar una acción de impugnación.
El Reglamento de la Ley N° 19.886, en su artículo 40, establece una limitación para la aplicación de dicha facultad, consistente en que no puede ejercerse si con ella se configurarán situaciones de privilegio a un oferente respecto de los demás competidores.
Juez árbitro no se encuentra facultado para suscribir una escritura pública de adjudicación en remate en representación de la ejecutada, resuelve la Corte Suprema.
Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano se negó a practicar la inscripción de un inmueble adjudicado en remate, cuya acta fue suscrita por el juez árbitro que conoció la causa previamente. El máximo Tribunal estimó que la decisión del órgano se ajustó a los artículos 13 y 18 de su reglamento, y la confirmó.
Estipulación en favor de otro respecto de una persona indeterminada, pero determinable, es válido, resuelve la Corte Suprema.
El recurrente impugnó la subasta acusando que el particular que se adjudicó el remate actuó en favor de una empresa que se terminó de conformar dos días después de aquel acto.
Acción de protección contra acto revocatorio de adjudicación en una licitación pública de servicios educacionales, es improcedente.
Al gozar los actos administrativos de presunción de legalidad, es necesario desvirtuarlos en un procedimiento de impugnación propiamente tal o en un procedimiento contencioso administrativo u otro según la naturaleza que le asiste.