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Norma que establece que es inhábil para declarar quien tenga íntima amistad con la persona que lo presenta o enemistad respecto de la persona contra quien declare, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El recurrente alega que el precepto legal objetado infringe la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, el derecho a defensa, el debido proceso y el derecho a la honra y vida privada, desde que se acogió la tacha de un testigo por existir “íntima amistad” entre éste y el demandante, lo que le habría impedido acredita el daño moral.

10 de septiembre de 2024