AFP

Recurso de queja acogido.

Juzgado del Trabajo de Iquique debe dar tramitación a demanda de rendición de cuentas presentada por una pensionada en contra de su AFP por la administración de su fondo de pensiones, resuelve la Corte Suprema.

La demandante pidió que la AFP en la que está afiliada rinda cuentas sobre la administración de su fondo de pensiones, materia que debe ser conocida por la judicatura laboral, por mandato expreso del artículo 420 letra c) del Código del Trabajo, por lo que, al negar la tramitación, los jueces de fondo han vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.

3 de marzo de 2023
Cámara de Diputados.

¿Cómo opera la nueva ley sobre pago efectivo de pensiones de alimentos?

La ley faculta al tribunal competente a requerir la información financiera de las personas deudoras y a ordenar la retención de fondos desde cuentas bancarias, instrumentos de inversión e incluso fondos previsionales, para hacer efectivo el pago de las pensiones adeudadas.

20 de febrero de 2023
Reforma.

Fin de las AFP. ¿Fondos serán heredables?

Habrá un rol para la participación privada como inversores, al mismo tiempo se agrega una alternativa pública con la cual deberán competir. El rol de estos inversores estará focalizado donde pueden agregar más valor para los afiliados: en invertir bien los fondos y generar rentabilidades para que puedan multiplicarse.

3 de noviembre de 2022
Tribunal Constitucional de Perú.

Ley que permite a los afiliados retirar sus fondos de pensiones de las AFP es constitucional.

La intervención en los mandatos constitucionales relacionados con el acceso futuro a una pensión digna, el derecho a la salud y la sostenibilidad financiera, es de intensidad leve, tomando en cuenta la falta de certeza sobre el riesgo presunto y toda vez que no necesariamente todos los afiliados al sistema privado han hecho efectivo el retiro.

13 de octubre de 2022
Corte Suprema de Colombia.

Es nulo el traslado de un sistema de pensiones público a uno privado si las consecuencias del cambio no fueron debidamente informadas por la AFP.

Si en el formulario de adhesión a una AFP se utilizan afirmaciones tales como «la afiliación se hace libre, voluntaria y sin presiones», u otras similares, no libran a las AFP de su obligación de brindar información completa, objetiva y comparada de los distintos regímenes pensionales y las consecuencias asociadas al traslado entre ellos. A lo sumo, estas expresiones sirven para acreditar un consentimiento sin vicios, pero no uno debidamente informado.

15 de septiembre de 2022
Recurso de protección acogido.

Corte Suprema ordena a la Superintendencia de Pensiones instruir sumario contra AFP por no suspender el retiro de fondos previsionales de deudor de alimentos.

El artículo 14 de la Ley N°21.254 establece el deber de consulta de la AFP a sus afiliados por la eventual existencia de deudas alimenticias y la obligación de suspender la tramitación del retiro en caso de deudas, por lo que no suspender el retiro de fondos constituye una omisión ilegal y arbitraria, que afecta las garantías constitucionales de los alimentarios.

12 de agosto de 2022