Alta médica

Acción de protección contra Hospital San Juan de Dios por alta de paciente cuyos familiares alegaron no contar con recursos económicos para su cuidado, pierde oportunidad al haber sido trasladado al domicilio de su hermana.

Tuvo en consideración que, dado que el paciente fue trasladado al domicilio de su hermana el 7 de octubre de 2024, no se configuró un acto arbitrario o ilegal que justifique la protección constitucional solicitada, perdiendo así oportunidad la acción.

4 de enero de 2025