Ambiente académico

Acto impugnado no tiene carácter terminal, sino que es un acto trámite o intermedio por lo que el recurso de protección no puede prosperar, resuelve la Corte de La Serena.

Aún existe un procedimiento administrativo pendiente, por lo que el acto impugnado no tiene carácter terminal, sino que es un acto de trámite o intermedio que forma parte de un procedimiento complejo, condiciones en las que lo solicitado por el actor sobrepasa los márgenes del recurso de protección.

27 de noviembre de 2024

Se falta al debido proceso si no se le permite a la estudiante presentar descargos y rendir prueba en forma previa la sanción que le fue impuesta.

26 de noviembre de 2024
Se faltó a principios básicos del debido proceso al introducir un tratamiento distinto, injustificado e indebido respecto de la estudiante, como es, que no se respetara su derecho a ejercer su defensa, presentar sus descargos y rendir prueba; como asimismo, que las resoluciones que imponen la sanción no tuviesen la fundamentación necesaria.