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Los recurrentes acusaron a la empresa inmobiliaria que construyó el loteo rural, de no proporcionar acceso al agua potable, circunstancia que al incidir en una interpretación contractual no otorga un derecho indubitado a los actores, quienes para acceder al recurso vital, ingresaron en un predio ajeno para extraer agua de un pozo en el que no poseen derechos.
9 de abril de 2024