Existe un interés público involucrado en el conocimiento de tal información, por cuanto la transparencia del proceso y su publicidad, permite un control social de los estándares de cumplimiento de la educación superior en términos de calidad.
Amparo de acceso de información
Servicio Nacional de Migraciones debe proporcionar información estadística sobre extranjeros expulsados de Chile desde al año 2014 a la fecha.
Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo deberá entregar información relativa a comunas de origen y destino de los beneficiarios de subsidios habitacionales.
CONADI debe proporcionar información detallada sobre las comunidades y asociaciones indígenas, resuelve el CPLT.
SERNAPESCA debe entregar información relativa a los centros de cultivos de acuicultura que se encuentren afectos a una causal de caducidad.
No resulta aplicable el artículo 13 de la Ley de Transparencia invocado por SERNAPESCA que permite a un órgano requerido de información derivar a otro organismo de la Administración que se encuentra en mejor posición para satisfacer los antecedentes, pues los datos solicitados por el ciudadano se encuentran en su poder.
Subsecretaría de Salud Pública debe entregar información pormenorizada respecto a los fallecidos por COVID-19 confirmado.
El deber de búsqueda y entrega de información pública es propia de los órganos de la Administración del Estado, en su calidad de tal, cuya carga no puede traspasarse a los requirentes
Superintendencia de Pensiones no se encuentra obligada a entregar información pormenorizada sobre fallecidos con saldo en sus cuentas individuales en las AFP dado que es una información que afecta a sus herederos.
EL constituyente reconoce en el artículo 19 N°4 de la Constitución la prolongación de la privacidad del individuo, más allá de su titular originario, para radicarlo en toda su familia.
PDI debe entregar información respecto al número de extranjeros inmigrantes que ingresaron al país por causas humanitarias, resuelve el Consejo para la Transparencia
La inexistencia de información solicitada constituye una circunstancia de hecho cuya sola invocación no exime a los órganos de la Administración de su obligación de entregarla.
CPLT ordena al Instituto de Salud Pública entregar información relativa a las vacunas recibidas por Chile durante la pandemia.
El ISP no cumplió de forma clara la entrega de estos antecedentes ante requerimiento que se le formuló.