Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
El empleador no puede descontar su aporte al seguro de cesantía de la indemnización por años de servicio del trabajador, cuando el despido ha sido declarado improcedente.
El descuento del aporte patronal cuando la causal del despido no corresponde a necesidades de la empresa, infringe el artículo 13 de la Ley Nº19.728, en relación al artículo 161 del Código del Trabajo.
10 de febrero de 2023