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No se vulneró el principio de razón suficiente al condenar a mujer por apropiación indebida de $20.000.000.- en perjuicio de su hermano discapacitado. Las declaraciones de la víctima y testigo, exponen que la imputada se habría negado a devolver el dinero, circunstancia que además resulta reforzada con la acreditación de que ésta adquirió en fecha muy cercana y posterior a haber recibido el dinero un terreno en Pan de Azúcar a su nombre por un monto un poco inferior a la suma apropiada.