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Atendida la patología psiquiátrica del imputado, el no recibir un tratamiento médico adecuado a la misma configura un peligro para sus familiares, para la sociedad y para él mismo. Sin embargo, ello no puede justificar de modo alguno que, en razón precisamente de su discapacidad mental, el Estado lo mantenga privado de libertad, pues ello constituye un menosprecio flagrante de su dignidad inherente.