Los sentenciadores concluyen que la resolución reclamada, al rechazar las solicitudes de invalidación y exigir el retiro del asbesto como parte de la obligación solidaria de saneamiento, se encuentra conforme a derecho, puesto que, atendida su naturaleza, no puede entenderse esta obligación desligada de aquélla. De esta forma, no habiendo incurrido la referida resolución en ilegalidad alguna, la reclamación será rechazada en todas sus partes.
2 de junio de 2024