La Corte Suprema resolvió que la omisión denunciada conculca la garantía de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad del recurrente, al no encontrar fundamento para negar el pago íntegro de la asignación de zona sobre la especial de grado efectivo por el período en que el funcionario prestó servicios, respaldado por pronunciamientos anteriores.
14 de octubre de 2024