La programación de audiencia fijada por el Tribunal de primera instancia resulta ser desproporcionada, ya que sólo atiende a razones de eficacia de la persecución penal y eficiencia, sin considerar el principio de celeridad y el derecho del imputado a ser juzgado dentro de un plazo razonable y prudente.
Audiencia de juicio oral
Reprogramar la audiencia de juicio oral para una fecha que supere los cuatro meses contados de la notificación del auto de apertura por motivos administrativos del tribunal es ilegal.
No es ilegal que juicio oral de Héctor Llaitul comience 120 días después de la notificación del auto de apertura por encontrarse saturada la agenda del tribunal.
Norma que obliga a los acusados del “Caso SQM” a comparecer durante todas las audiencias de juicio oral, genera efectos contrarios a la Constitución.
La unidad penal no cuenta con condiciones técnicas para la audiencia de juicio oral por Zoom, por lo que el traslado del interno a otra región para que asista presencialmente a ella no es ilegal.
El tribunal, además, ha realizado las gestiones necesarias para la protección del interno, con lo cual la decisión aparece revestida de suficiente fundamento.
Hasta el 31 de agosto de 2023 en que termina la actual alerta sanitaria las audiencias de juicio oral pueden realizarse de forma telemática, resuelve Corte de Concepción.
No se advierte como podría entenderse vulnerada la libertad personal o la seguridad individual si se autoriza a los testigos del Ministerio Público como a los de defensa a prestar declaración en forma telemática, ya que ello no vulnera la inmediación requerida.
Declaración de víctima de violación en audiencia de juicio oral bajo modalidad remota, no vulnera el principio de inmediación a pesar de las dificultades de audición, en cuanto no consta objeción alguna por parte de la defensa.
Se debe garantizar que el testimonio de personas que han sido vulneradas en sus condiciones de libertad se desarrolle en condiciones de libertad para asegurar la calidad de su testimonio, impidiendo que el juicio oral suponga un aumento de la victimización por quien ya sufrió la agresión.
El plazo dentro del cual debe celebrarse la audiencia de juicio oral no rige si la misma tuvo que reprogramarse por la incomparecencia del acusado en la fecha que aquella debió realizarse.
La privación de libertad del amparado se funda en una decisión que fue adoptada por la autoridad correspondiente, dentro del ámbito de su competencia.