Audiencias telemáticas

Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de permitir la realización de la totalidad de las actuaciones judiciales de manera remota, en los tribunales con competencia en las zonas que señala.

El Pleno señala que no existe una definición normativa que establezca qué localidades están sujetas a la condición de que el traslado a sus habitantes hacia el poblado donde esté radicado el tribunal “sea ostensiblemente oneroso o difícil”, lo que quedará entregado a cada tribunal.

1 de septiembre de 2024

Audiencias telemáticas no pueden vulnerar las garantías procesales de las partes del juicio, resuelve el Tribunal Supremo de España.

21 de junio de 2024
La celebración telemática del juicio oral, total o parcial, no puede suponer una merma de las garantías procesales en virtud de la legislación. Esta acuerda que todas las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática siempre que se disponga de los medios técnicos. La introducción de nuevas tecnologías no puede menoscabar la integridad del proceso.

Corte Suprema envía informe sobre proyecto de ley que permite audiencias telemáticas estableciendo garantías para un debido proceso.

23 de enero de 2024
El tribunal sentencia que, respecto de la propuesta de nuevo artículo 107 quáter, no deja claro a cuáles audiencias los jueces podrán comparecer de forma remota, la aplicación de su regulación al tribunal itinerante podría generar que la institución se desvirtúe, la circunstancia del literal b) del inciso 2° se avizora como de difícil configuración.