Recurso de protección contra Comité de Adelanto es acogido. Se le ordena cesar amenazas de corte de suministro de agua por no pago de tarifa asociada al servicio.
El actuar del recurrido es potencialmente vulneratorio de la integridad física de los recurrentes y se yergue como una medida de autotutela ilícita proscrita en nuestro ordenamiento jurídico.