Avalúo de inmueble

Norma que establece que la tasación del bien inmueble a rematar en el juicio ejecutivo será la del rol de avalúos vigente para efectos de la contribución de haberes, no produce resultados contrarios a la Constitución.

La norma impugnada no se limita a determinar que la tasación fiscal deba ser la que rija para fijar el mínimo del precio de subasta, sino que añade, “a menos que el ejecutado solicite que se haga una nueva tasación”, caso en que se hace por peritos, conforme al valor comercial, por lo tanto, si le concede una oportunidad al propietario y el ejecutado no utilizó esa facultad, es él mismo quien se puso en situación de tener que soportar una venta a precio que puede resultar menor.

30 de abril de 2024