La requirente sostiene que el precepto impugnado resulta incompatible con los principios constitucionales de igualdad ante la ley y debido proceso, al restringir injustificadamente el derecho a una defensa efectiva y a un juicio justo.
Banco Estado
Norma que exime de absolver posiciones al Gerente General de Banco Estado, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Acción de protección no es la vía idónea para ordenar a Banco Estado que reabra productos bancarios de un cliente que cerró atendido que ingresó tres requerimientos por Ley de Fraudes en un año, por transacciones menores a 35 UF.
Norma que impone a Banco Estado probar que el cliente autorizó la operación para eximirse de cancelar el cargo o restituir los fondos cuando reclame haber sido víctima de fraude, será examinada en el fondo por el Tribunal Constitucional.
Municipalidad de Santiago debe tomar las medidas idóneas contra Banco Estado para evitar la emisión de ruidos molestos en una sucursal, resuelve la Corte Suprema.
Al reconstruir la sucursal “San Francisco de Borja” -vandalizada durante el estallido social-, el Banco instaló turbinas de ventilación que producen constantes ruidos molestos a los vecinos de un edificio contiguo, vulnerando con ello el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y el derecho a la integridad psíquica.
Corte de Santiago confirma multa contra banco por infracciones en respuesta a requerimientos de la Ley Antifraudes.
La Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la autoridad fiscalizadora.
Juzgado de Policía Local condena a Banco Estado por infracción a la ley del consumidor al faltar a su deber seguridad en el consumo del bien y servicio en relación a una cuenta RUT.
El banco debía acreditar que las transacciones desconocidas por la consumidora efectivamente fueron realizadas por ella.
Banco infringe Ley del Consumidor al exigir a cliente el retiro de las excepciones opuestas en juicio ejecutivo para acceder a renegociar la deuda.
La Corte determinó que condicionar el acceso a la repactación de la deuda, cuando esta ya había sido ofrecida, resulta contrario a los principios que informan la legislación de protección al consumidor.
Campañas publicitarias que realizó el banco para evitar fraudes a sus clientes permiten descartar la infracción al deber de seguridad y demás disposiciones de la Ley del Consumidor.
En primera instancia, el Tribunal acogió la denuncia infraccional, argumentando que el afectado era un cliente hipervulnerable atendida la edad, lo que hacía exigible al banco una conducta de mayor cuidado para evitar fraudes; decisión que fue revocada por la Corte de Apelaciones.
CMF sancionó al Banco Estado con una multa de 4000 UF por no cancelar los cargos o restituir los fondos correspondientes a las operaciones reclamadas por los clientes dentro del plazo legal.
Incumplió el plazo legal de 5 días hábiles en que debió proceder a cancelar las operaciones o reembolsar hasta 35 UF los cargos pagados por el cliente contados desde que recibió el reclamo.
Corresponde al Banco acreditar que actuó en forma diligente en la prestación del servicio para descartar su responsabilidad en un fraude bancario que afectó a su cliente.
La entidad financiera se limitó a señalar que realizó el abono del monto sustraído, sin que haya acreditado esa situación, la que, por lo demás, fue desconocida expresamente por la querellante.
Créditos otorgados por Banco fueron concedidos con el aval de los demandantes sin mediar dolo en su otorgamiento ni cobro, resuelve la Corte Suprema.
Demandantes acusaron de estafa al Banco por cobrar créditos que los propios actores solicitaron para un tercero, intentando desviar su responsabilidad en una ejecutiva bancaria que adulteraba información de clientes para simular capacidad crediticia, hecho que no fue suficiente para acreditar el supuesto dolo del demandado al otorgar los préstamos que intenta cobrar a los deudores.
Restitución de fondos pagados por banco solicitada por cuenta correntista que alega disconformidad en su firma, no es un asunto que pueda resolverse en sede de una acción cautelar.
La acción de protección no es la vía idónea para resolver el asunto planteado, pues requiere una declaración previa de derechos y obligaciones en un juicio de lato conocimiento, no existiendo en consecuencia, derechos indubitados que cautelar.
Banco del Estado debe restituir a cliente la suma de dinero que le fue aparentemente sustraída por causa de un fraude bancario.
Al no haber abonado el dinero sustraído ni haber accionado contra el usuario por culpa grave en los hechos, el banco incumplió las obligaciones dispuestas en la Ley N°21.234, por lo que su actuar fue ilegal, afectando el derecho de propiedad del usuario.