Bono de permanencia

Bono de Permanencia de Carabineros debe considerar el tiempo servido como conscripto para su cálculo, resuelve la Corte Suprema.

El artículo 5 de la Ley N° 20.801 establece el Bono de Permanencia para Oficiales de Fila de Nombramiento Supremo y personal de Fila de Nombramiento Institucional, otorgando beneficios económicos tras 20 años de servicios efectivos y derecho a pensión de retiro. La definición de «servicios efectivos» se encuentra definida en el artículo 61 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, que incluye el tiempo de servicio en las Fuerzas Armadas, definiendo el marco para el cálculo de pensiones y beneficios.

23 de octubre de 2024

Tiempo en que el actor realizó su servicio militar debe considerarse como parte del total de los años de servicio prestados a Carabineros de Chile.

16 de noviembre de 2023
El máximo Tribunal estimó que el tiempo en que el recurrente cumplió con el servicio militar, debe ser considerado para la base de cálculo del bono de permanencia solicitado por el actor al momento de iniciar los trámites de retiro de la institución, máxime, si previamente Carabineros estimó dicha época como parte de los 31 años de servicio que el actor cumplió dentro de las filas institucionales.