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La empresa no puede asilarse en su rol de intermediaria, para desligarse de la responsabilidad que le asiste al permitir que terceros injurien al recurrido, especialmente si el Ministerio Público decidió no perseverar en la investigación contra el actor; por lo tanto, éste puede ampararse en el derecho al olvido y exigir la eliminación de los comentarios vertidos en su contra.
5 de abril de 2024