Son actos inexistentes los escritos presentados por abogado que copió y pegó la firma de su representado en ellos, resuelve un tribunal argentino.
Los escritos judiciales pertenecen a la categoría de instrumentos privados en los cuales la firma ha sido considerada como una condición esencial para su existencia. Por ello, la norma aplicable dispone que deben tener la firma de su presentante y a esa regla remite el Código Procesal.