Caja de compensación


Corte Suprema ordena a Caja de Compensación abstenerse de efectuar “descuentos por planilla” y reembolsar los montos retenidos a un afiliado.

16 de marzo de 2024
La recurrida efectuó un descuento desde la remuneración del actor en octubre de 2023, en circunstancias que el crédito social fue otorgado en 2017, por ende, el máximo Tribunal estimó que la deducción fue reiniciada de forma inoportuna, y sin ejercer las acciones judiciales que le asistían a la recurrida para obtener el pago de su crédito.
Recurso de protección acogido, en fallo dividido.

El “descuento por planilla” sólo procede si el cobro del crédito social se efectúa oportunamente, resuelve la Corte Suprema.

La Caja de Compensación debe abstenerse de descontar las cuotas del crédito adeudado desde la remuneración del actor si ya inició el cobro judicial -como ocurrió en la especie-, pues dicho descuento constituye un acto abusivo al no ejercer las acciones que reconoce la ley para cobrar la deuda.

25 de noviembre de 2023
Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Caja de Compensación debe abstenerse de “cobrar por planilla” cuotas de crédito social otorgado a particular.

La recurrida accionó judicialmente por lo que aceleró el cobro, y debe ajustar su actuar a lo resuelto por la magistratura civil -sin perjuicio de las acciones ordinarias que pueda ejercer-, por lo tanto, el descuento de las cuotas del crédito social desde la remuneración del actor es un acto de autotutela que vulnera la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad del recurrente.

15 de noviembre de 2023