La medida adoptada, según el juez de primera instancia, de instalar la cámara de vídeo «fue idónea y necesaria. Fue adecuada a la finalidad pretendida. La cámara se instalo días previos al despido, 4 o 5 días antes de que se grabasen los hechos, por lo que no estuvo instalada por un largo periodo de tiempo. Y se colocó en una estancia en la que habitualmente no hay nadie o no permanece nadie, nada más que para depositar o retirar material».
7 de enero de 2024