Campamento

Codelco es dueño de las edificaciones emplazadas en el campamento minero de El Salvador, por lo que ningún tercero puede transferir el dominio de ellas a otra persona.

La magistratura hizo lugar a una demanda de precario, entablada contra un particular que usurpó una de las edificaciones de la empresa estatal, fundado en que “se la entregó materialmente una fundación educacional”, lo que en la especie no constituye nexo jurídico alguno que habilite la ocupación del sitio.

19 de abril de 2024

Demanda de precario se rechaza por la Corte Suprema al concluir que el actor no individualizó adecuadamente y acreditó propiedad sobre el inmueble reclama como propio.

2 de octubre de 2023
La Empresa de Ferrocarriles del Estado pidió la restitución de una porción de terreno donde se emplaza un campamento, sin embargo, no singularizó la totalidad de la superficie del predio que le pertenece, ni la porción que reclama ocupada por el demandado -quien además posee un título inscrito-, por lo tanto declaró que la acción de precario es improcedente.