El Tribunal de alzada descartó actuar ilegal o arbitrario de la autoridad fiscalizadora.
Canal de tv
Corte de Santiago confirma multa a canal de TV por cobertura sensacionalista de homicidio en programa matinal.
Corte de Santiago condena a canal de TV a pagar una indemnización total de $78.285.856 a empresa inmobiliaria, por emitir reportaje de denuncia con información falsa.
Corte de Santiago confirma multa a canal de TV por bloquear recuadro para televidentes con discapacidad auditiva durante cobertura de la última elección presidencial.
Corte de Santiago confirma multa a canal de TV por promover “medicamento” que no cuenta con autorización sanitaria.
El Tribunal de alzada descartó yerro en la sentencia impugnada, dictada el Vigesimotercer Juzgado Civil de Santiago, que confirmó la resolución sancionatoria adoptada por el Instituto de Salud Pública (ISP).
Corte de Santiago rebaja sanción aplicada a canal de TV por no difundir campañas de interés público, atendido el fallo dictado por el Tribunal Constitucional sobre el asunto.
El fallo señala que, la sanción impuesta a la concesionaria de servicios de televisión que reclama en estos autos, resultó proporcional y ajustada a derecho, pues el CNTV teniendo en cuenta la gravedad de la infracción cometida, estimó aplicarle una sanción de multa que, con posterioridad fue declarada inconstitucional.
Corte de Santiago confirma multa a canal de televisión por cobertura sensacionalista de desaparición y muerte de niño.
El Tribunal de alzada consideró que la conducta sancionada se ajusta a la norma legal, al haber afectado la emisión cuestionada la dignidad de la familia del niño y, especialmente del tío abuelo que fue sindicado inicialmente, como responsable de la muerte del menor.
Corte de Santiago anuló la amonestación que el CNTV aplicó a canal de TV por difundir una entrevista a un condenado por delitos terroristas que cumple pena en un recinto de Gendarmería de Chile.
El Tribunal de alzada consideró que no corresponde aplicar sanción a la estación televisiva, ya que el condenado hizo uso de su derecho a la libertad de expresión y no se vulneraron las normas del pluralismo político.
Corte de Santiago confirma multa contra matinal de TV por permitir identificación de niño en caso de violencia intrafamiliar.
El Tribunal de alzada compartió la decisión del ente regulador de sancionar al programa Mucho Gusto.
Corte de Santiago confirma multa a canal de TV por difundir datos personales que entregaba un transeúnte a personal de Carabineros y de la Seremia de Salud en programa matinal.
El Tribunal de alzada desestimó el reclamo, tras establecer que el canal recurrente infringió la ley al exponer públicamente los antecedentes personales del afectado, vulnerando su derecho a la vida privada y dignidad.
CS confirma condena a canal del TV por emitir imágenes autorizadas para programa diverso al emitido.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que acogió la demanda.
Corte de Santiago confirma condena a canal de TV por cobertura sensacionalista de caso de abuso sexual.
El Tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el 9° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la acción reparatoria por el tratamiento dado al caso conocido como “Hijitus de la Aurora”.
Presentan querella contra La Red por usar uniforme militar oficial sin permiso en programa humorístico transmitido por TV.
La querella sostiene que la parodia realizada por el actor Francisco ‘Toto’ Acuña en el programa ‘Políticamente incorrecto’ de La Red Tv el último viernes, utilizó la copia exacta del traje de un general del Ejército de Chile.
Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de protección presentado por empresario y centro de salud en contra de TVN por la emisión del programa “Maestros del Engaño”, y de toda reproducción o mención de dicho capítulo en redes sociales, internet y señales de televisión.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso, tras establecer que el actuar de la parte recurrida se ajusta a la normativa institucional vigente, sin que se le pueda formular reproche de ilegalidad.