Cancelación de matrícula

Expulsión de estudiante se sustituye por cancelación de matrícula para el año 2025 al haber transcurrido gran parte del año escolar, a fin de asegurar la continuidad de su proceso educativo.

La forma de aplicar un reproche que sea proporcional a los hechos y, a la vez, asegurar el derecho del alumno a la continuidad del proceso educativo, se logra por la vía de aclarar que la sanción a la cual éste queda sometido es la cancelación de su matrícula para el año escolar 2025.

9 de octubre de 2024

Sentencia revocada por Corte Suprema.

Cancelación de matrícula de estudiante que agredió a un compañero fuera del establecimiento, se adoptó ajustándose a las reglas del debido proceso y no es desproporcionada.

No se vislumbra acto u omisión ilegal y arbitrario en la tramitación del procedimiento que concluyó con la cancelación de la matrícula del estudiante, ni que la sanción fuera desproporcionada, tanto en razón a la entidad de la falta establecida como por no tratarse de la primera medida aplicada al alumno.

3 de octubre de 2023