Aunque la incertidumbre en los resultados es consustancial a la práctica de la medicina (circunstancia que explica la inexistencia de un derecho a la curación) los ciudadanos deben contar frente a sus servicios públicos de la salud con la garantía de que, al menos, van a ser tratados con diligencia aplicando los medios y los instrumentos que la ciencia médica posee a disposición de las administraciones sanitarias.
Cáncer
Entidades de salud deben proporcionar un servicio oportuno, integral y continuado a pacientes adultos mayores, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.
Compañía de Seguros debe reembolsar todos los gastos médicos en que incurrió el marido para el tratamiento de cáncer de su esposa.
Denegación de cirugía robótica a adulto mayor que padece cáncer se ajusta a derecho, resolvió un tribunal argentino.
CIDH dicta medidas cautelares en favor de paciente oncológico privado de libertad en Argentina.
A la luz de las recomendaciones médicas, la falta de atención médica adecuada y la situación médica actual del propuesto beneficiario, la CIDH considera, por el criterio prima facie del mecanismo de medidas cautelares, que los derechos a la vida, integridad personal y salud del hombre se encuentran en grave riesgo.
Pena de prisión deber ser sustituida por reclusión domiciliaria total si el condenado padece cáncer terminal por afectar su dignidad e integridad física y psíquica, resuelve Corte de Rancagua.
Si bien la ley procesal no contempla de forma expresa la posibilidad de sustitución de la pena privativa de libertad de la manera que solicita el recurrente, existen reglas y principios de entidad superior, que deben ser consideradas el presente caso.
No se omite declarar enfermedad prexistente exigida para contratar seguro médico si la misma no había sido diagnosticada.
Si la Aseguradora estima que se configura un caso de enfermedad preexistente, debe discutirlo en un juicio de lato conocimiento, de acuerdo a la naturaleza del contrato suscrito. En tanto, mientras no se emita un pronunciamiento judicial a su favor, debe cumplir con el contrato de seguro.
Laboratorio que diagnosticó por error un tumor maligno que en realidad era benigno debe indemnizar los perjuicios causados.
Parece lógico asentir en la existencia de un error de diagnóstico en el análisis de las muestras patológicas extraídas a la demandante, siquiera por haberlo así reconocido el propio laboratorio demandado. Error de diagnóstico que sí sirve para sustentar la acción de responsabilidad ejercitada cuando nos encontramos ante un error de notoria gravedad y con unas conclusiones absolutamente erróneas.
Sugieren al Gobierno desarrollar un plan nacional para atender a personas con cáncer.
El texto de la resolución llama a resolver con celeridad la situación de personas que han sufrido un retraso en sus tratamientos por la paralización que experimentaron las atenciones médicas producto de la crisis sanitaria.
Proyecto de ley consagra el derecho al olvido oncológico.
Garantizando así que las personas que hayan padecido y sobrevivido al cáncer, no sufran discriminaciones financieras una vez superada su enfermedad.
Servicio de salud y su aseguradora deberán indemnizar a familia de mujer fallecida a causa de un cáncer de pulmón, tras ser diagnosticada erróneamente
En caso de pérdida de oportunidad el daño que se indemniza no es el material correspondiente al hecho acaecido sino la incertidumbre en torno a la secuencia que hubieran tomado los hechos de haberse seguido en el funcionamiento del servicio otros parámetros de actuación, en suma, la posibilidad de que las circunstancias concurrentes hubieran acaecido de otra manera.
Ley que exime del requisito de orden médica para examen preventivo de mamografía y establece obligaciones a los prestadores de salud, fue publicada en el Diario Oficial.
El cáncer de mamás es la segunda causa de muerte de las mujeres chilenas.
Encontrándose comprometido el derecho a la vida el Estado debe entregar cobertura a medicamentos de alto costo.
El Estado está al servicio de la persona humana y debe garantizar el derecho a la vida, argumenta la Corte Suprema para acoger el recurso de protección.
Ex convencional Rojas Vade es condenado a 61 días de presidio y pago de multa por estafa.
El tribunal sustituyó una pena de privación de libertad por la remisión condicional de la pena.