Carabineros

Para pronunciarse sobre su admisibilidad.

TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas en causa en que el CPLT le ordena a Carabineros entregar el registro de cámaras corporales de detenciones en el contexto del estallido social.

Revelar sin más el contenido de las cámaras corporales al amparo de la norma cuestionada, implicaría preferir, a todo evento, la entrega de información no amparada por el artículo 8° de la Constitución con total olvido de las causales reconocidas en esa disposición.

24 de junio de 2021
"El demandado debe responder de todas las consecuencias dañinas de su negligencia".

Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $28.481.615 a conductor que chocó con una grúa de Carabineros que circulaba en contra del sentido del tránsito.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia dictada por el 15° Juzgado Civil de Santiago, que ordenó el pago $20.000.000 por concepto de daño moral, y la revocó en la parte que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por daño emergente y, en su lugar, la acogió, condenando al demandado al pago de $8.481.615 por dicho concepto.

10 de mayo de 2021
Calificó como “desproporcionada” indemnización.

CDE rechaza demanda de víctimas de trauma ocular y respalda actuar de Carabineros.

Se trata de un grupo de 22 personas entre 18 y 34 años, quienes pidieron una indemnización de $7.025.565.22. En ese sentido, el presidente del CDE, Juan Peribonio, solicitó al 15º Juzgado Civil de Santiago que rechace la demanda y calificó los montos como «desproporcionados».

6 de abril de 2021
Comunicaciones privadas.

Corte de Santiago rechazó reclamo contra decisión de amparo del CPLT, por denegación de información de correos electrónicos intercambiados entre el Ministerio del Interior y Carabineros durante el Estallido Social.

La información requerida reviste el carácter de pública, al tenor del artículo 8 de la Carta Fundamental, pues no revisten la naturaleza de acto o resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° letra a) del Decreto Supremo N° 13 de 2009, del Ministerio General de la Presidencia, Reglamento de la Ley de Transparencia.

4 de abril de 2021
Páginade 19