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En razón a la forma y funciones que desempeñaba el actor, puede concluirse que se trataba de un funcionario de exclusiva confianza de la autoridad anterior.
En razón a la forma y funciones que desempeñaba el actor, puede concluirse que se trataba de un funcionario de exclusiva confianza de la autoridad anterior.
En atención a la naturaleza de los cargos de exclusiva confianza, los funcionarios de tal calidad, se mantienen en sus cargos sólo mientras cuenten con ella, dependiendo su remoción de la voluntad de la autoridad administrativa.
Requerir que los candidatos no estén involucrados en situaciones de acoso laboral/sexual se ajusta a la probidad administrativa, mientras que exigir sintonía ideológica resulta lógico para un nombramiento discrecional.
El recurrente alegó haber sido contratado en calidad de “experto”, lo que descartaba la calificación de exclusiva confianza, dado que debe ser interpretado su puesto como un cargo estrictamente técnico.
Dado que el artículo 17 del Estatuto de Salud Primaria no regula reglas de compatibilidad con los cargos de exclusiva confianza previstos en el artículo 7 del Estatuto Administrativo (entre ellos los Seremis), como sí ocurre en el artículo 87 letra e) del mencionado cuerpo normativo.