El fallo contiene los motivos que fundan la procedencia del pago en una sola cuota.
Casación en el fondo
No procede la compensación económica si no se acredita que uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería.
Compensación económica puede calcularse en base la duración del matrimonio o de la vida en común de los cónyuges.
Oposición a regularización de propiedad raíz se confirma por la Corte Suprema tras verificar que el predio tiene dueño.
Dueño debe acreditar que el predio ocupado por el demandado pertenece a una porción de su inmueble.
El actor no pudo probar en juicio que la porción reclamada mediante la acción de precario era parte de un inmueble propio de mayor superficie, por lo que la ocupación de dicho sitio no puede ser calificada como precario, pues el bien raíz, en definitiva, no pertenece al demandante.
Demandado debe restituir al Fisco inmueble ocupado como vivero, al no contar con título que justifique dicha ocupación.
El demandado invocó un contrato de arriendo celebrado con un tercero ajeno al litigio, pero que recaía en un predio diverso al ocupado, por ende, la ocupación carece de un antecedente jurídico válido, y el ocupante debe restituir el inmueble fiscal.
Se debe indicar qué regla de la sana crítica quebranta el tribunal en relación a la apreciación de la prueba aportada y como tiene incidencia en la resolución del asunto.
El máximo Tribunal sostuvo que una argumentación genérica respecto de “fallas al apreciar la prueba conforme a la sana crítica”, sin indicar en concreto cuál regla es la quebrantada, evidencia la disconformidad del recurrente con el fallo, y no un yerro en derecho por parte de los sentenciadores de fondo.
Acción reivindicatoria procede contra mero tenedor. Afirmar que la mera tenencia obsta a la procedencia de dicha acción contraviene el derecho de propiedad y deja su titular desprovisto de todo medio de defensa jurídica.
La Corte Suprema consideró que, en situaciones en que el propietario inscrito no tiene la posesión material del inmueble, como en este caso, la acción reivindicatoria es un mecanismo legítimo para recuperar dicha posesión, en resguardo del derecho de propiedad garantizado constitucionalmente.
Conservador de Bienes Raíces no puede negarse a inscribir una subdivisión, aunque la inscripción de dominio carezca de las medidas específicas de los linderos del predio, si el plano de subdivisión ha sido aprobado por el SAG y no existe controversia sobre su superficie total, resuelve la Corte Suprema.
Resolvió que no es posible sostener que la resolución emanada de la autoridad competente (SAG), que certifica que la subdivisión de un predio rústico, graficada en un plano planimétrico o topográfico de parcelación, suscrito por un profesional calificado, y que cumple con la normativa vigente, sea en “algún sentido legalmente inadmisible”, ni menos que constituya una actuación que contiene un vicio de nulidad absoluta, al tenor del artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces y que faculte para rehusar una determinada inscripción.
No procede el cobro de patente municipal a sociedades de inversión por períodos anteriores a la entrada en vigor de la Ley Nº21.210.
La Municipalidad de Lo Barnechea intentó cobrar una deuda de patente municipal a una sociedad de inversión, por el período comprendido entre el 31 de julio de 2011 al 31 de julio de 2019, en circunstancias que la norma que grava la actividad de este tipo de empresas se encuentra vigente desde el 1 de julio de 2020, por ende, la obligación pretendida era nula.
Matrimonio previo entre la demandada y el anterior dueño de un inmueble es un antecedente jurídico que justifica la ocupación.
La Corte Suprema estimó que el vínculo previo entre la demanda y el anterior dueño no puede ser desconocido por el demandante, en circunstancia que aquel sabía de la ocupación del inmueble, por ende, la mera tenencia acusada en su libelo no era sufrida ni clandestina.
Fisco debe pagar 200 millones de pesos a cónyuge e hijos de detenido desaparecido durante la dictadura cívico militar en 1974.
El máximo tribunal estimó que la suma decretada originalmente por la magistratura no era suficiente para dar cumplimiento al deber de reparación integral hacia la familia de una víctima de delitos de lesa humanidad, por lo que elevó el quantum indemnizatorio a título de daño moral.
Notificación al perito tasador, aceptación del encargo y propuesta de día y hora para audiencia de reconocimiento son gestiones útiles que impiden declarar el abandono del procedimiento en juicio de expropiación, resuelve la Corte Suprema.
Estas gestiones deben ser calificadas como útiles, pues se trata de gestiones procesales indispensables para la prosecución del juicio hasta la dictación de la sentencia definitiva.
Firma del deudor en un pagaré debe autorizarse ante notario sin otro requisito adicional a dicho trámite.
El deudor pretendía eludir la ejecución argumentando que “no estuvo presente al momento en que el notario autorizó su firma”, requisito que excede lo que dispone el artículo 401 y 425 del Código Orgánico de Tribunales, respecto de los actos del notario, por lo tanto, el máximo Tribunal, ordenó continuar con el cobro compulsivo.