Casación en el fondo

Recurso de casación en el fondo acogido.

Desistimiento de la demanda ejecutiva y reserva de acciones para proseguir el cobro del pagaré en juicio ordinario se puede presentar hasta antes del vencimiento del plazo para evacuar el traslado de las excepciones, resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal observó que el desistimiento del ejecutante fue deducido oportunamente, mientras se encontraba pendiente la notificación para el traslado de la excepción de prescripción opuesta por la deudora, cumpliendo con los plazos establecidos en los artículos 467 y 468 del Código de Procedimiento Civil.

24 de diciembre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Funcionarios municipales se encuentran legitimados para deducir el reclamo de ilegalidad en contra de resoluciones municipales que los afecten. De lo contrario se atenta contra el derecho a la tutela judicial efectiva.

En el caso de actos administrativos dictados por el alcalde o sus funcionarios, la vía de impugnación específica es la reclamación prevista en el artículo 151 de la Ley N° 18.695, sin que exista ninguna razón para privar del ejercicio de tal acción a una persona directamente agraviada por aquél, sólo por el hecho de ser un funcionario municipal.

14 de diciembre de 2023
Recurso de casación en el fondo acogido.

Honorarios del interventor concursal no goza de preferencia para su pago respecto de los demás acreedores, resuelve la Corte Suprema.

Los honorarios adeudados al interventor no gozan de preferencia y él es considerado un acreedor valista, no resultando su remuneración un crédito gestado durante la vigencia de la protección financiera concursal de la empresa deudora que regula el artículo 57 de la Ley 20.720; ni tampoco es un crédito surgido después de dictada la resolución de liquidación.

7 de diciembre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Recurrente confunde acciones al alegar en su impugnación la existencia de un comodato precario en circunstancia que la acción o demanda ejercida era precario.

La Corte Suprema desestimó el arbitrio de nulidad sustancial al observar el error en la argumentación, pues la ocupante se refirió en derecho a la vulneración del artículo 2174 del Código Civil sin acreditar la existencia de contrato previo con la demandante, pero en su libelo sostuvo que su ocupación no era “tolerada ni ignorada por la dueña del inmueble”, error que llevó al máximo Tribunal al rechazo del recurso.

20 de noviembre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Denuncia de obra nueva se rechaza por no concurrir los requisitos legales.

La denunciante no pudo acreditar ser la dueña del predio donde se construye la obra nueva -un jardín infantil-, ya que existen litigios pendientes respecto de los daños producidos, así como de la titularidad del inmueble, por lo tanto, la actora no cumple con los requisitos que establece el artículo 930 del Código Civil para dar lugar al interdicto deducido.

24 de octubre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

IND debe pagar millonaria suma por evento deportivo que suspendió por el estallido social de 2019.

El IND fue condenado a pagar el total del presupuesto del contrato, al proveedor de los alojamientos y la alimentación para la final de las “Ligas Deportivas de Educación Superior”, que se celebrarían entre el 25 de octubre y el 9 de noviembre de 2019. La magistratura estimó que el ente incumplió el contrato al no terminarlo anticipadamente, estando en conocimiento de que el evento no se realizaría debido a la crisis social que atravesaba el país en ese momento.

5 de octubre de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Demanda de precario se rechaza por la Corte Suprema al concluir que el actor no individualizó adecuadamente y acreditó propiedad sobre el inmueble reclama como propio.

La Empresa de Ferrocarriles del Estado pidió la restitución de una porción de terreno donde se emplaza un campamento, sin embargo, no singularizó la totalidad de la superficie del predio que le pertenece, ni la porción que reclama ocupada por el demandado -quien además posee un título inscrito-, por lo tanto declaró que la acción de precario es improcedente.

2 de octubre de 2023
Páginade 35