El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario del CNTV al aplicar la sanción en el mínimo legal.
22 de febrero de 2022
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario del CNTV al aplicar la sanción en el mínimo legal.
El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional, tras establecer que dicha petición del Ministerio Público debió resolverse en audiencia y no por despacho.
El Tribunal de alzada consideró que la conducta sancionada se ajusta a la norma legal, al haber afectado la emisión cuestionada la dignidad de la familia del niño y, especialmente del tío abuelo que fue sindicado inicialmente, como responsable de la muerte del menor.