Cataluña

Multa impuesta a empresa que se negó a presentar una oferta de arrendamiento a un “okupa” se anula por un tribunal español.

La consideración del ocupante sin título del inmueble propiedad de un tercero como usuario o consumidor resulta contraria al propio concepto de usuario o consumidor, pues no existe en el presente caso una relación de consumo entre la actora y la ocupante sin título, ni negocio jurídico alguno con declaración de voluntad de las partes, pues resulta inexistente la declaración de voluntad del propietario.

4 de agosto de 2024

Tribunal Pleno.

TC español declaró inconstitucional parte del plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la unión europea 2019-2020 aprobado por el gobierno de Cataluña.

Se recordó que la acción exterior de las comunidades autónomas no invade la competencia estatal en esta materia cuando cumple dos requisitos: uno, que las actividades con proyección exterior se ciñan al ámbito de sus competencias atribuidas estatutariamente; y dos, que el ejercicio con proyección exterior de tales atribuciones respete la competencia estatal de relaciones internacionales.

13 de octubre de 2020
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