Centro de Formación Técnica INACAP

Instituto profesional INACAP no está afecto al pago de patente municipal al cumplir rol de beneficio social que contribuye al desarrollo del país.

Las exenciones benefician a instituciones sin fines de lucro con objetivos de bien público. El artículo 27 señala que solo ciertas entidades, como las de beneficencia, culto, cultura o deporte no profesional, están exentas del pago de patente municipal. Los institutos profesionales, según la Ley N° 21.091, cumplen un rol social al formar profesionales y vincularse con el desarrollo del país, por lo que comparten las características exigidas para la exención.

14 de febrero de 2025