Resolvió que, al no existir norma prohibitiva que sancione expresamente la difusión de ese contenido en spots publicitarios en un horario protegido, mal puede colegirse la infracción que arguye CNTV, y que la decisión atenta contra el principio de tipicidad, aplicable al Derecho Administrativo Sancionador, en cuanto la pretendida prohibición de contenido se edifica en un supuesto inexistente, toda vez que aún no ha sido expresamente vedada la difusión de apuestas en línea o de avisos publicitarios vinculados a ese tipo de apuestas.
Chilevisión
Multa a Universidad de Chile por emisión de contenido inapropiado en relación al aborto en horario de protección a través de Chilevisión, se confirma por la Corte de Santiago.
Canales de televisión que no transmiten la guerra en Ucrania con interpretación de lenguaje de señas vulneran la igualdad ante la ley de las personas sordas, resuelve la Corte de Santiago.
Declarar en un programa de Chilevisión que funcionaria de salud se suicidó a causa de un acoso laboral, no configura un ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresión.
Declaración Asociación de Sordos de Chile respecto del cumplimiento del deber impuesto por la norma del artículo 3° del Estatuto 2012: defensa y promoción de la identidad cultural y lingüística de las personas sordas.
Se condena a las concesionarias como infractoras reincidentes del derecho de las personas sordas de acceder en igualdad de condiciones con las demás y sin discriminación por motivos de discapacidad, a las informaciones de los bloques noticiosos transmitidos por situaciones de emergencia o calamidad pública.
Acción de protección contra Chilevisión para eliminar reportaje de sus plataformas web por afectar derechos fundamentales de las personas a quienes se alude, se acoge a trámite.
Se alega que el reportaje vulnera el derecho a la honra y que al permanecer en los portales hace que la perturbación se mantenga en el tiempo, impidiendo que ella y su familia puedan desarrollar su vida normal.
Corte de Santiago confirma multa a canal de televisión por cobertura sensacionalista.
La resolución agrega que en cuanto a su conceptualización, refiere al artículo 1° letra g) de igual normativa, lo define como la presentación abusiva de hechos noticiosos o informativos que busca producir una sensación o emoción en el telespectador, o que en su construcción genere una representación distorsiona de la realidad, exacerbando la emotividad o impacto de lo presentado.
Corte Suprema rechaza recurso de protección por emisión de reportaje televisivo sobre una serie de supuestas adopciones irregulares
El máximo Tribunal rechazó la acción de amparo, tras establecer que en la especie prevalece la libertad de información por sobre el derecho al honor.
Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducido por Obispo evangélico en contra de Iglesia por comunicado y contra canal de televisión por emisión de reportaje
El Tribunal de Alzada indicó que, tanto el comunicado publicado en el Funpage de la Iglesia recurrida, como el reportaje emitido en el noticiero central de Chilevisión, se encontró amparada por el derecho a la libertad de expresión.
CS ordena tramitar apelación de canal multado por el Consejo Nacional de Televisión.
El máximo Tribunal estableció que la corte capitalina yerra al considerar que el recurso se presentó fuera de plazo.