![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/01/Chile.jpg)
Además, que es deber del Estado y de toda persona proteger y conservar el medio ambiente y los bienes públicos; que la destrucción, daño o menoscabo ambiental generará las responsabilidades que establezca la ley y que las actividades económicas que tengan efecto en el medio ambiente se sujetarán a las normativas medioambientales vigentes.
19 de enero de 2022