Resolvió que la aseguradora incumplió su obligación al negarse a pagar el seguro a primer requerimiento, dado que este tipo de póliza exige únicamente la identificación de la póliza, el asegurado y el monto asegurado, sin requerir documentación adicional. Esta conducta motivó la sanción de la CMF, al infringir la normativa aplicable, sin que lo anterior prive al asegurador de las acciones de reembolso, ya sea contra al afianzado o contra el asegurado, si ha reclamado una indemnización en exceso.
CMF
Comisión para el Mercado Financiero debe entregar información referid a los manuales de evaluación y liquidación de siniestros.
Reclamación administrativa ante la CMF interrumpe el plazo para interponer la acción de protección, aunque se determine que no tiene competencia para resolver el conflicto, resuelve la Corte Suprema.
Ley que crea un registro de deuda consolidada, fue publicada en el Diario Oficial.
Proyecto de ley que crea un registro de deuda consolidada: se constituyó Comisión Mixta para resolver divergencias.
La instancia, conformada por senadores y diputados, acordó realizar audiencias, para luego resolver las discrepancias sobre acceso al registro y acceso a información positiva de deuda.
Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para combatir el sobreendeudamiento e introduce enmiendas a la Ley de Fraudes, ingresó al Tribunal Constitucional.
Se modifica la Ley de Fraudes a fin de corregir incentivos perversos que ha generado el marco legal actual, que permiten comportamientos que perjudican a los consumidores financieros como un conjunto e incluso resultan en la comisión de delitos.
Norma que impone a Banco Estado probar que el cliente autorizó la operación para eximirse de cancelar el cargo o restituir los fondos cuando reclame haber sido víctima de fraude, será examinada en el fondo por el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el debido proceso, la igualdad de las cargas públicas y el derecho de propiedad, e invaden las facultades constitucionales de los tribunales de justicia con competencia penal y del Ministerio Público, desde que no hay ningún mecanismo efectivo al que pueda acceder el Banco para suspender su obligación de pago o asegurar que los montos no se pierdan antes de obtener una solución judicial, respecto de un eventual juicio en contra del cliente por el delito de autofraude.
Subsistema de Inteligencia Económica avanza a su debate en particular.
Hasta el 11 de enero se podrán presentar indicaciones al proyecto que establece una serie de medidas para la prevención y alerta de actividades que digan relación con el crimen organizado, permitiendo así perseguir «la ruta del dinero».
Ley que fortalece la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras, fue publicada en el Diario Oficial.
Amplia el conjunto de herramientas de supervisión de la CMF, fortalece la regulación de ciertos actores, como el caso de las cooperativas de ahorro y crédito; y robustece el sistema financiero a través de un mayor uso de la infraestructura de pagos del Banco Central de Chile.
Accionista de FACTOP impugna norma que restringe las causales para oponerse a demanda de liquidación forzada, ante el Tribunal Constitucional.
Alega que la norma legal objetada infringe igualdad ante la ley y el debido proceso, desde que le impide enervar la demanda acreditando que no concurre la causal invocada por el actor por no ser efectivos los hechos invocados en sustentos de la misma, ya que el estado de cesación de pagos es falso, en cuanto son productos de fraudes y engaños ejercidos por los hermanos Sauer, quienes utilizaron FACTOP y otras compañías para crear un mecanismo ilegal de financiamiento.
Reflexiones sobre la fiscalización desde la perspectiva de la CMF a partir del caso Videla.
En la línea decisoria de la CMF, Matías Videla en razón de su cargo de CEO, poseía información privilegiada en el tiempo que llevó a cabo la adquisición de las acciones de Cencosud S.A., no guardó la debida reserva y además utilizó esta información en beneficio propio. Estamos en presencia entonces de una conducta empresarial que claramente no se enmarca en los principios de ética y de integridad que rigen en el mercado financiero.
Corte de Santiago confirma resolución y ordena a la CMF entrega de información solicitada por ley de transparencia.
La Novena Sala del tribunal de alzada descartó que la entrega de la información solicitada por ley de transparencia esté cubierta por alguna causal de reserva o secreto.
Terceros que puedan verse afectados con una solicitud de información deben ser notificados para que puedan oponerse a la entrega, resuelve la Corte Suprema.
La Comisión para el Mercado Financiero omitió la notificación a los terceros interesados, incumpliendo el mandato del artículo 20 de la Ley de Transparencia. El máximo Tribunal invalidó la resolución recurrida, acotando la información que debe entregarse al peticionario, al considerar que a los terceros se les vulneró el derecho al debido proceso.
Corte de Santiago confirma multa contra banco por infracciones en respuesta a requerimientos de la Ley Antifraudes.
La Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la autoridad fiscalizadora.