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La Caja de Compensación debe abstenerse de descontar las cuotas del crédito adeudado desde la remuneración del actor si ya inició el cobro judicial -como ocurrió en la especie-, pues dicho descuento constituye un acto abusivo al no ejercer las acciones que reconoce la ley para cobrar la deuda.
25 de noviembre de 2023