Resolvió que mientras no sean ejercidos los derechos correspondientes y dispuesto lo pertinente por los órganos jurisdiccionales que correspondan, no resulta lícito al recurrido valerse de vías de hecho para zanjar cualquier disputa que mantenga con la actora, alterando el statu quo anterior a dicha actuación.
Comisión especial
Presentan recurso de protección en favor de Sergio Muñoz tras ser destituido de la Corte Suprema por notable abandono de deberes.
Vecina debe quitar los candados del portón que impide el acceso al camino de servicio utilizado por los recurrentes para ingresar a sus domicilios.
Empresa forestal debe retirar portón que instaló para impedir el acceso de vecinos a sus predios.
Bloquear con postes el libre tránsito en un camino gravado con servidumbre es un acto de autotutela ilícito.
El recurrido, que instaló seis postes de madera deberá retirarlos dentro de 30 días al ser considerado dicho acto como uno de justicia por mano propia y deberá -además- abstenerse de realizar en el futuro acciones que entorpezcan el uso del camino de servicio.
Cerrar el único camino de acceso hacia el predio de un particular que lo utiliza hace 50 años, es un acto de autotutela, resuelve la Corte Suprema.
La recurrida cerró con portón y candados el único camino que comunica al actor con la vía principal, el cual es utilizado por él hace más de 50 años. El máximo Tribunal sostuvo que no resulta lícito a la recurrida valerse de vías de hecho para zanjar cualquier disputa que mantenga con el recurrente, alterando el statu quo anterior a dicha actuación.
Universidad debe reincorporar a alumno de Pedagogía General Básica para que termine sus estudios.
El alumno fue expulsado del plantel por “conductas poco profesionales” observadas durante su práctica profesional, al mantener contacto por redes sociales con sus alumnos. El máximo Tribunal indicó que la medida fue desproporcionada y que existían otros castigos menos lesivos para sancionar la conducta del recurrente.
Recurso de protección interpuesto por la creación de la Comisión Asesora en contra de la Desinformación se declara inadmisible por la Corte Suprema.
Recurrentes denuncian que atenta contra la libertad de opinión e información de quienes operan en redes sociales, contraviene la igualdad ante la ley, puede transformarse en una comisión especial, imponer censura previa, entre otros cuestionamientos.
Fisco debe restituir monto descontado a particular como compensación de su deuda por el CAE.
El ente descontó arbitrariamente al actor el monto que adeuda por el crédito con garantía estatal, luego de celebrar con el particular un avenimiento en sede laboral, hecho que fue catalogado por la Corte de La Serena como un acto de autotutela, que vulneró el derecho del recurrente a no ser juzgado por una comisión especial.
Expulsión de 10 militantes del Partido de la Gente se invalida por la Corte de Antofagasta.
Los actores acusaron que el Tribunal Supremo de la colectividad les aplicó la sanción de expulsión en un procedimiento en que no se les permitió ejercer su derecho a defensa, ni presentar pruebas, vulnerando con ello el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales.
CODELCO debe pagar a empresa minera bielorrusa más de 12 mil millones de pesos ilegalmente retenidos, resuelve la Corte Suprema.
Asimismo, la estatal debe permitir el retiro de los equipos y maquinaria perteneciente a la recurrente que se encuentran en la mina de El Salvador. Retener bienes y estados de pago con el fin de negociar el término unilateral de un contrato, constituye un acto de autotutela efectuado por la recurrida.
Resoluciones que ordenaron la expulsión de dos aspirantes a oficiales de la PDI se revocan por la Corte Suprema.
La medida fue considerada como desproporcionada en atención a los hechos que se imputaron a los recurrentes, vulnerando la igualdad ante la ley, y el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales en ausencia de un proceso racional y justo.
Tribunal Supremo del Partido Comunes cuenta con la facultad disciplinaria para decretar la expulsión de Karina Oliva y otros militantes.
Recurrentes alegaron que el proceso sancionatorio seguido en su contra no respetó las garantías constitucionales del debido proceso y la prohibición de ser juzgados por comisiones especiales.
Orden de Municipalidad de destruir y trasladar pilotes metálicos emplazados en terrenos considerados bienes nacionales de uso público no constituye un acto de autotutela ilícita, resuelve la Corte Suprema.
Al encontrarse en debate judicial el dominio de tales terrenos, no existe un derecho indubitado que pueda ampararse mediante la acción de protección.