Normativa danesa que regula el tiempo máximo de estacionamiento en las áreas de descanso de las autopistas no constituye una restricción a la libre prestación de servicios.
La Comisión Europea no ha aportado ningún dato objetivo que permita demostrar que, habida cuenta del volumen del tráfico pertinente, la capacidad de estacionamiento alternativa ofrecida por el sector privado sea insuficiente para acoger los vehículos con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas durante períodos de descanso superiores a las veinticinco horas.