![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2023/12/incapacidad-laboral.webp)
La recurrida estimó la calificación de incapacidad laboral del actor en un 55%, y el recurrente dedujo reposición para impugnar aquel porcentaje. No obstante, al rechazar la reposición, la Comisión Médica Central redujo la calificación a un 14% sin ninguna argumentación, ni motivación fundada que sostuviera aquella disminución; vulnerando de esta forma la igualdad ante la ley el de debido proceso.